FIANZA DE ALQUILER:
Fianza para Locación de Inmuebles ART. 879 DECRETO 1.866/83
La Obra Social presta gratuitamente a los afiliados obligatorios, la fianza para locación de inmuebles, excepto cadetes y aspirantes a agentes.
El monto mensual del alquiler no podrá exceder UN TERCIO (1/3) del sueldo del afiliado.
La pérdida del carácter de afiliado del afianzado por cualquier causa que fuere, hará caducar la fianza vigente.
Lugar de tramitación:
Oficina de Beneficios de la División AYUDA MUTUA sita en Presidente Luis Sáenz Peña 375, C.A.B.A., 1º Piso. - Lunes a Viernes de 09.00 a 15.00 horas.
Detalle del Trámite:
- Presentarse en la División AYUDA MUTUA a los efectos de retirar el formulario de solicitud de fianza para alquileres, el cual deberá ser suscripto y firmado por el propietario del inmueble o por el representante del inmueble que se desea alquilar.
- Aportar la documentación detallada en el ítem siguiente.
- Evaluación del trámite por parte de la División AYUDA MUTUA
- Notificación de la Resolución.
Documentación a presentar:
- Original del formulario de solicitud firmado por el propietario o inmobiliaria.
- Ultimo recibo de haberes y fotocopia.
- Original Carnet de Obra Social y fotocopia.
- Prestación de Servicio (Personal en Actividad únicamente), la cual se tramita ante la División PERSONAL SUPERIOR, División SUBOFICIALES Y AGENTES o División AUXILIARES DE SEGURIDAD Y DEFENSA – según corresponda-.
- En el caso de Personal Retirado y/o Pensionado, deberá solicitar Certificación de Haberes emitida por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.